Por Qué las Reformas en Materia de Cumplimiento Normativo de Panamá lo Convierten en una Jurisdicción Más Sólida para los Negocios Internacionales

Published: Sep 21, 2026

Reading Time:

Reformas en Materia de Cumplimiento Normativo de Panamá

A lo largo de la última década, Panamá ha fortalecido de manera continua su marco regulatorio y de cumplimiento normativo. En 2023, el país logró su salida de la lista gris del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). En julio de 2025, fue retirado de la lista de terceros países de alto riesgo de la Unión Europea en materia de prevención del blanqueo de capitales. Ahora, Panamá trabaja activamente para cumplir los criterios finales que le permitan salir de la lista de la UE de jurisdicciones no cooperantes en materia fiscal, cuya próxima revisión está prevista para octubre de 2026. Los resultados de ese esfuerzo sostenido son concretos y verificables.

Entre 2023 y 2026, Panamá implementó una serie de reformas en materia de cumplimiento normativo y transparencia que redefinieron su posición en el panorama empresarial mundial. El país salió de la lista gris del Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF), fue retirado de la lista de jurisdicciones de alto riesgo de la Unión Europea y promulgó una de las reformas legislativas de carácter fiscal más importantes de su historia contemporánea. Para los empresarios e inversionistas internacionales, estas reformas no solo mejoran la imagen de Panamá, sino que también lo convierten en un lugar sustancialmente más sólido para desarrollar actividades empresariales.

Salida de la Lista Gris del FATF: Octubre de 2023

En octubre de 2023, el Grupo de Acción Financiera Internacional (Financial Action Task Force – FATF) retiró oficialmente a Panamá de su lista gris, culminando un proceso iniciado en junio de 2019. La decisión, anunciada durante la reunión plenaria del FATF celebrada en París, confirmó que Panamá había fortalecido sus mecanismos para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, además de implementar las reformas previstas en su plan de acción.

¿Qué implicó esto en la práctica?
Entre 2020 y 2023, Panamá promulgó más de diez nuevos marcos jurídicos destinados a reforzar los controles de Prevención del Blanqueo de Capitales (AML) tanto en el sector financiero como en el no financiero. El país creó la Superintendencia de Sujetos No Financieros, fortaleció su Unidad de Inteligencia Financiera y mejoró su capacidad para investigar y enjuiciar delitos financieros relacionados con infracciones tributarias cometidas en el extranjero.

Para las empresas extranjeras, el impacto práctico fue inmediato: las relaciones bancarias internacionales se volvieron más fáciles de establecer y mantener, se flexibilizaron las restricciones aplicables a la banca corresponsal, y el perfil de riesgo de Panamá mejoró de manera significativa ante las instituciones financieras internacionales.

Retiro de la Lista de Jurisdicciones de Alto Riesgo de la Unión Europea: Julio de 2025

En julio de 2025, la Unión Europea retiró a Panamá de su lista de terceros países de alto riesgo en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Este fue el segundo gran hito en la evolución del cumplimiento normativo del país y tuvo una relevancia especial para los empresarios e inversionistas europeos, quienes anteriormente estaban sujetos a procedimientos reforzados de diligencia debida al mantener relaciones con entidades panameñas.

La decisión de la Unión Europea reflejó el compromiso sostenido de Panamá con la implementación de reformas que fueron más allá de los requisitos mínimos exigidos para su salida de la lista gris del FATF. Entre dichas reformas destacan el fortalecimiento continuo de los registros de beneficiarios finales, la intensificación de la supervisión de las actividades y profesiones no financieras designadas (APNFD) y el reforzamiento de los mecanismos de cooperación internacional.

Ley 526: La Sustancia Económica Pasa a Ocupar un Papel Central en 2026

El 28 de mayo de 2026, Panamá promulgó la Ley 526, la reforma fiscal más importante que el país ha adoptado en más de una década. Esta ley introduce requisitos de sustancia económica para las entidades que forman parte de grupos multinacionales y que obtienen ingresos pasivos de fuente extranjera, incluidos dividendos, intereses, regalías y ganancias de capital.

En términos prácticos, esto significa que las entidades sujetas a estos requisitos deberán demostrar una presencia operativa real en Panamá, disponiendo de personal suficiente, instalaciones físicas y gestión local de las actividades que generan dichos ingresos. Las entidades que cumplan con estos requisitos de sustancia económica continuarán beneficiándose del sistema tributario territorial de Panamá, por lo que sus ingresos de fuente extranjera seguirán estando exentos de tributación. En cambio, aquellas que no satisfagan dichos requisitos estarán sujetas a un impuesto del 15 % sobre los ingresos pasivos netos de fuente extranjera.

La ley será aplicable a partir del ejercicio fiscal 2027 y fue aprobada por unanimidad por la Asamblea Nacional, con 70 votos a favor y ninguno en contra.

Es importante comprender lo que la Ley 526 no hace: no elimina ni sustituye el sistema tributario territorial de Panamá. El principio de territorialidad permanece plenamente vigente para la gran mayoría de las empresas. Lo que la ley establece es que las compañías que pretendan beneficiarse del régimen fiscal panameño deben demostrar que desarrollan operaciones reales en el país y que no mantienen únicamente una presencia formal o documental.

Lo Que Esto Significa para los Empresarios Extranjeros

Para un empresario extranjero que esté considerando constituir una empresa en Panamá, estas reformas modifican de manera significativa el contexto en el que se toman las decisiones empresariales.

El acceso a los servicios bancarios resulta más sencillo. Históricamente, uno de los principales obstáculos para las empresas con estructuras internacionales ha sido el acceso al sistema bancario. Con Panamá fuera de las listas de vigilancia del Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF) y de la Unión Europea, y con la implantación de marcos de cumplimiento normativo más sólidos, las entidades bancarias muestran una mayor disposición para abrir cuentas a empresas establecidas en zonas francas que cuenten con documentación adecuada y con beneficiarios finales plenamente identificables y verificables.

Se fortalece la credibilidad internacional. Operar desde una jurisdicción que ha reformado activamente su marco regulatorio transmite una señal positiva a clientes, inversionistas y socios comerciales. La evolución de Panamá en materia de cumplimiento normativo —desde su salida de la lista gris hasta convertirse en un referente de reforma regulatoria— constituye un factor que fortalece la confianza en lugar de generar incertidumbre.

Los requisitos de sustancia económica favorecen a las empresas con operaciones reales. La Ley 526 beneficia específicamente a las empresas que desarrollan actividades económicas auténticas en Panamá, precisamente el tipo de compañías que IFZA Panama apoya mediante la provisión de oficinas, servicios de contabilidad, registro tributario e infraestructura operativa. Para los empresarios que buscan establecer empresas con actividad económica efectiva, y no meras estructuras documentales, el nuevo marco normativo resulta claramente favorable.

La Perspectiva General

Las reformas de Panamá en materia de cumplimiento normativo no constituyen decisiones de política pública aisladas. Forman parte de una estrategia deliberada orientada a transformar al país de una jurisdicción conocida por la confidencialidad en una reconocida por la transparencia, la sustancia económica y la alineación con los estándares internacionales. La salida de la lista gris del Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF), la exclusión de la lista de jurisdicciones de alto riesgo de la Unión Europea y la promulgación de la Ley 526 representan tres etapas de un mismo proceso, y cada una de ellas fortalece la posición de Panamá como una base más sólida y confiable para los negocios internacionales.

Para los empresarios que desean operar desde una jurisdicción en constante evolución y crecimiento, y no desde una que permanezca estancada, el Panamá de 2026 representa una propuesta sustancialmente diferente de la que ofrecía apenas tres años antes.

Póngase en contacto con IFZA Panama para descubrir cómo el régimen de zonas francas de Panamá puede impulsar el crecimiento de su empresa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es la lista gris del FATF y por qué es importante la salida de Panamá de dicha lista?
La lista gris del Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF) identifica a los países que presentan deficiencias en sus sistemas de prevención del blanqueo de capitales. Panamá fue retirada de dicha lista en octubre de 2023, tras fortalecer su marco de Prevención del Blanqueo de Capitales (AML). Para las empresas extranjeras, esto se traduce en un acceso más sencillo al sistema bancario internacional y en una reducción de los requisitos reforzados de diligencia debida.

¿Cuándo fue retirada Panamá de la lista de jurisdicciones de alto riesgo de la Unión Europea?
La Unión Europea retiró a Panamá de su lista de terceros países de alto riesgo en julio de 2025, como reconocimiento a las mejoras sostenidas implementadas en los registros de beneficiarios finales, la supervisión regulatoria y los mecanismos de cooperación internacional.

¿Qué es la Ley 526 y cómo afecta a las empresas extranjeras en Panamá?
La Ley 526, promulgada el 28 de mayo de 2026, introduce requisitos de sustancia económica para las entidades que forman parte de grupos multinacionales y obtienen ingresos pasivos de fuente extranjera. Las empresas que demuestren contar con operaciones reales en Panamá —incluyendo personal, instalaciones físicas y gestión local— continuarán beneficiándose del sistema tributario territorial del país.

¿La Ley 526 elimina el sistema tributario territorial de Panamá?
No. El sistema tributario territorial de Panamá permanece plenamente vigente. La Ley 526 se aplica específicamente a las entidades pertenecientes a grupos multinacionales que obtienen ingresos pasivos de fuente extranjera. Para la gran mayoría de las empresas, continúa aplicándose el principio de territorialidad, conforme al cual los ingresos de fuente extranjera no están sujetos a tributación, en los mismos términos que anteriormente.

Redacción de IFZA Panamá